Santiago, 29 de abril de 2008
Resolución 02 Tricel Vespertino
El TRICEL, en atención a las atribuciones que le confiere el reglamento de elecciones de la Jornada Vespertina, demás del artículo 100 y siguientes de la Ley N° 18.700, por acuerdo unánime ha resuelto lo siguiente:
1. Fijar como horario de funcionamiento de 20:15 hasta las 21:30
Archívese y publíquese
· María Esther Ravinet
· Daniela Carrasco
· Carlos Ruiz O.
· Christopher de la Cuadra
· Patricia Jelvez
Información entregada por tricel , usando este canal como medio de difusión.
atte
Secretaria de Asuntos Vespertinos
Autonoma
miércoles, abril 30, 2008
Suscribirse a:
Comentarios de la entrada (Atom)
No hay comentarios.:
Publicar un comentario